Tarifa plana de autónomos 2026: 80 € al mes, requisitos y duración
Quién puede pedir la tarifa plana de 80 €, cuánto dura, cómo prorrogarla al segundo año, qué pasa si superas el SMI y qué comunidades la dejan en cero.
La tarifa plana (oficialmente, cuota reducida) permite a los nuevos autónomos pagar 80 € al mes en lugar de la cuota de su tramo. En 2026 se mantiene esa cifra.
Requisitos
- Causar alta inicial en el RETA, o no haber estado de alta en los 2 años anteriores (3 años si ya disfrutaste de la tarifa plana en un alta anterior).
- No ser autónomo colaborador (familiar de otro autónomo).
- No tener deudas con la Seguridad Social ni con Hacienda.
- Solicitarla en el momento del alta. Si te das de alta sin pedirla, no se puede aplicar después.
Los autónomos societarios (administradores o socios de una sociedad) sí pueden pedirla desde 2023.
Cuánto dura
| Periodo | Cuota | Condición |
|---|---|---|
| Meses 1 a 12 | 80 € | Ninguna: se paga igual ganes lo que ganes |
| Meses 13 a 24 | 80 € | Solo si prevés que tus rendimientos netos no superarán el SMI (17.094 € en 2026) |
Para la prórroga hay que pedirla antes de que termine el primer año, con una declaración de rendimientos previstos. Si al final los rendimientos superan el SMI, en la regularización te reclamarán la diferencia entre los 80 € y la cuota de tu tramo por esos meses.
Al terminar la tarifa plana pasas a pagar la cuota del tramo que corresponda a tus ingresos. Compruébala con la calculadora de cuota de autónomos.
Qué incluye y qué no
Los 80 € cubren contingencias comunes, profesionales, cese de actividad y formación. Durante la tarifa plana cotizas por la base mínima del tramo 1 de la tabla reducida (653,59 €), lo que significa que las prestaciones (baja, jubilación) se calculan sobre esa base. Puedes renunciar a la tarifa plana y cotizar por una base mayor si te interesa.
Comunidades con cuota cero
Varias comunidades autónomas devuelven o bonifican la cuota durante el primer año (y en algunos casos el segundo si no se supera el SMI): Madrid, Andalucía, Murcia, Baleares, Galicia, Extremadura, Canarias, Castilla-La Mancha, La Rioja y Castilla y León, entre otras, con requisitos y plazos propios. Se pide a la comunidad, no a la Seguridad Social, y suele consistir en una subvención que devuelve las cuotas ya pagadas.
Casos especiales
- Discapacidad, víctimas de violencia de género o de terrorismo: 80 € durante 24 meses y después el 50 % de la cuota del tramo durante 36 meses más.
- Pluriactividad (trabajas por cuenta ajena y por cuenta propia): hay bonificaciones alternativas del 50 % de la base mínima, pero no son compatibles con la tarifa plana; elige la que más te convenga.
- Reincorporación tras maternidad o paternidad: 80 € durante 24 meses si vuelves a darte de alta en los dos años siguientes al cese por nacimiento o adopción.