IRPF con dos pagadores: cuándo estás obligado y por qué sale a pagar
Si has tenido dos empresas, o sueldo y paro, en el mismo año, la renta suele salir a pagar. Los límites de 15.876 y 1.500 €, por qué ocurre y cómo evitarlo.
Cambiar de empresa, encadenar contratos, cobrar el paro o una pensión y un sueldo en el mismo año: todo eso te convierte en contribuyente con dos o más pagadores, y eso cambia dos cosas: si estás obligado a declarar y cuánto te saldrá.
Cuándo estás obligado a declarar
Con un solo pagador no tienes que declarar si tus rendimientos del trabajo no superan 22.000 €. Con dos o más pagadores el límite baja a 15.876 € siempre que del segundo y siguientes pagadores hayas cobrado en conjunto más de 1.500 €. Si del segundo cobraste 1.500 € o menos, se mantiene el límite de 22.000 €.
El SEPE cuenta como pagador. Y si tu único pagador no está obligado a retener (por ejemplo, un empleador extranjero), el límite es también de 15.876 €.
Aunque no estés obligado, puede interesarte presentarla si te sale a devolver.
Por qué sale a pagar
Cada pagador calcula tu retención como si fuera el único, con el algoritmo de la Agencia Tributaria aplicado solo a lo que él te paga. Un sueldo de 12.000 € en una empresa de enero a junio y otro de 12.000 € en otra de julio a diciembre no llevan retención (cada uno está por debajo del límite de 15.876 €). Pero en la declaración tributas por 24.000 €, con una cuota de unos 3.040 € (en Madrid, sin hijos). Como no te retuvieron nada, sale todo a pagar.
No es que pagues más impuesto por tener dos pagadores: pagas el mismo que otra persona con 24.000 € de un solo pagador. La diferencia es que a esa persona ya se lo retuvieron mes a mes.
Ejemplo
| Un pagador (24.000 €) | Dos pagadores (12.000 + 12.000) | |
|---|---|---|
| Retención anual | 3.242 € (13,51 %) | 0 € |
| Cuota líquida (Madrid, sin hijos) | 3.038 € | 3.038 € |
| Resultado | A devolver 204 € | A pagar 3.038 € |
Comprueba tu caso en la calculadora de IRPF: introduce la suma de los dos salarios y, en “Más datos”, las retenciones reales que aparecen en tus certificados.
Cómo evitar el susto
- Pide un tipo de retención mayor al segundo pagador (o al SEPE). Cualquier trabajador puede solicitar por escrito un porcentaje voluntario superior al que corresponde. Es la solución más sencilla.
- Comunica al nuevo pagador lo cobrado antes en el modelo 145, indicando la situación. Algunas empresas lo tienen en cuenta para calcular la retención, aunque no están obligadas.
- Reserva el dinero. Si sabes que tendrás dos pagadores, aparta cada mes lo que te habrían retenido.
- Fracciona el pago: el 60 % al presentar la declaración y el 40 % en noviembre, sin intereses.
Casos habituales
- Sueldo y paro en el mismo año: el SEPE no suele retener. Casi siempre sale a pagar. Puedes pedirle una retención voluntaria.
- ERTE: el SEPE fue un segundo pagador para millones de personas en 2020 y 2021. Mismo efecto.
- Pensión y trabajo: la Seguridad Social y la empresa son dos pagadores.
- Indemnización por despido exenta: no cuenta como rendimiento, así que no convierte a la empresa en “segundo pagador” a estos efectos.